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La matrícula es el proceso por el cual se adquiere la calidad de estudiante en un programa de posgrado.

Según nuestro estatuto estudiantil consta de:

ARTÍCULO 9. La matrícula académica, ante la Oficina de Admisiones y Registros de la Universidad, es condición indispensable para tener la calidad de estudiante de la Institución. Para realizar la matrícula académica se requiere haber realizado previamente la matrícula financiera. Todo estudiante pagará el valor de la matrícula del respectivo período, fijado para el programa. 

PARÁGRAFO 1: El estudiante en continuidad deberá cancelar el 25% del valor total de la matrícula por cada semestre que matricule durante los 3 años que puede estar en continuidad. 

PARÁGRAFO 2: El estudiante especial deberá cancelar el valor del 50% de la matrícula si registra hasta dos espacios académicos. Si toma más de dos espacios académicos deberá cancelar el valor del 100%. 

PARÁGRAFO 3: En caso de los cursos intersemestrales, de nivelación o cursos dirigidos, el estudiante deberá matricularse, previa aprobación del Consejo Curricular, atendiendo el punto de equilibrio financiero del programa respectivo. 

PARÁGRAFO 4: Podrá hacerse matrícula extemporánea si el tiempo para ésta no excede la mitad del periodo respectivo, previo visto bueno del Director del programa; en tal caso deberá cancelar el 10% adicional. 

PARÁGRAFO 5: En caso de retiro, la Universidad no reintegrará el valor de la matrícula. 

PARÁGRAFO 6: En caso de convenios o exenciones, el estudiante presentará el documento en original que autoriza la financiación, expedido por la institución respectiva. 

Con relación a las adiciones y cancelaciones de asignaturas, el estatuto indica:

ARTÍCULO 10. El estudiante, con autorización del Consejo Curricular del programa académico correspondiente, podrá adicionar o cancelar asignaturas o actividades en su matrícula, durante los días establecidos en el calendario académico aprobado por el Consejo Académico. 

ARTÍCULO 11. Cuando un estudiante no haya cancelado el espacio académico o actividad y dejare de presentarse a las evaluaciones, clases o prácticas, será calificado con cero coma cero (0,0). 

PARÁGRAFO 1: Sólo se podrán cancelar asignaturas o módulos cuando se haya cursado menos del 50% del tiempo programado o de los créditos respectivos. Cada Consejo Curricular deberá informar las fechas a la Oficina de Admisiones y Registro. 

PARÁGRAFO 2: Una misma asignatura solo se puede cancelar, máximo dos veces, previo visto bueno del Consejo Curricular. La Oficina Asesora de Admisiones y Registros previo concepto jurídico, podrá cancelar espacios académicos que contravengan las disposiciones legales o estatutarias. 


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Fecha de publicación 01/11/2019
Última modificación 18/03/2020
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