Modelo de Permanencia en la UQ
En la búsqueda constante de elevar los estándares de calidad educativa y garantizar un óptimo desempeño académico de sus estudiantes, la Universidad del Quindío implementó un cambio trascendental en su mecanismo de evaluación de criterios de desempeño mediante la implementación de un modelo integral de seguimiento y acompañamiento orientado a estudiantes con bajo rendimiento académico en programas de pregrado, según las siguientes definiciones y lineamientos:
SITUACIÓN ACADÉMICA DE UN ESTUDIANTE SEGÚN SU DESEMPEÑO: En la Universidad del Quindío se determinan las siguientes SITUACIONES ACADÉMICAS dependiendo del desempeño académico de sus estudiantes en programas de pregrado, así:
- SEMESTRE EN PRUEBA: Se permite su continuidad académica y se genera una alerta temprana. Un estudiante de pregrado de la Universidad del Quindío, quedará en esta situación académica si presenta cualquiera de las siguientes CAUSALES DE CAMBIO:
- Haber obtenido un PUNTAJE DE CALIDAD mayor o igual a dos punto cero (2.0) y menor o igual a dos punto nueve (2.9), en el semestre cursado o finalizado.
- Haber REPROBADO una asignatura en el semestre cursado o finalizado.
- MATRÍCULA CONDICIONAL: Se permite su continuidad académica y se genera nuevamente otra alerta, adicionalmente el respectivo Consejo Curricular podrá restringir la cantidad y/o las asignaturas que registrará el estudiante para el próximo periodo académico. Un estudiante de pregrado de la Universidad del Quindío, quedará en esta situación académica si presenta cualquiera de las siguientes CAUSALES DE CAMBIO:
- Estando en SEMESTRE EN PRUEBA obtenga un PUNTAJE DE CALIDAD menor o igual a dos punto nueve (2.9).
- Que REPRUEBE por segunda vez la asignatura que lo dejó en SEMESTRE EN PRUEBA.
- Haber obtenido un PUNTAJE DE CALIDAD menor a dos punto cero (2.0), en el semestre cursado o finalizado.
- Siendo un estudiante nuevo en el programa académico, repruebe más del cincuenta por ciento (50%) de los créditos académicos correspondientes al primer semestre de su correspondiente plan de estudios.
- EN RIESGO ACADÉMICO: Se permite su continuidad académica y se genera otra alerta, adicionalmente el respectivo Consejo Curricular podrá restringir nuevamente, la cantidad y/o las asignaturas que registrará el estudiante para el próximo periodo académico. Un estudiante de pregrado de la Universidad del Quindío, quedará en esta situación académica si presenta cualquiera de las siguientes CAUSALES DE CAMBIO:
- Estando en MATRÍCULA CONDICIONAL obtenga un PUNTAJE DE CALIDAD menor o igual a dos punto nueve (2.9).
- Que REPRUEBE por tercera vez la asignatura que lo dejó en MATRÍCULA CONDICIONAL.
- EXCLUIDO POR BAJO RENDIMIENTO: No se permite su continuidad académica en el programa en cuestión. Un estudiante de pregrado de la Universidad del Quindío, quedará en esta situación académica si presenta cualquiera de las siguientes CAUSALES DE CAMBIO:
- Estando en RIESGO ACADÉMICO obtenga un PUNTAJE DE CALIDAD menor o igual a dos punto nueve (2.9).
- Que REPRUEBE por cuarta vez la asignatura que lo dejó EN RIESGO ACADÉMICO.
NOTA 1: La validación de estas CAUSALES DE CAMBIO se realizará sobre periodos académicos consecutivos, a excepción de las asignaturas REPROBADAS, CAUSAL DE CAMBIO que se evaluará durante todo el historial académico del estudiante.
NOTA 2: Los estudiantes en SITUACIÓN ACADÉMICA EXCLUIDO POR BAJO RENDIMIENTO, no podrán continuar cursando su programa académico actual, así como tampoco podrán llevar a cabo posteriormente un proceso de REINGRESO al mismo, no obstante, contarán con la alternativa de inscribirse a otro programa académico de la Universidad.
NOTA 3: Para aquellos estudiantes que han dejado de estudiar y realizan una solicitud de REINGRESO, se evaluará cada caso conforme las SITUACIONES ACADÉMICAS aquí establecidas.
NOTA 4: Los estudiantes que no incurran en ninguna de las situaciones aquí descritas se considerarán estudiantes regulares, siempre y cuando se cumpla con el articulado relacionado y establecido en el Acuerdo del Consejo Superior número 066 del año 2000 o la norma que lo modifique o sustituya.
ACUERDO POR EL CUAL SE EXPIDE LA REGLAMENTACION DE UN MODELO DE PERMANENCIA:
Fecha de publicación 15/10/2019
Última modificación 30/10/2023